Pensionados del IMSS no recibirán recursos de cesantía y vejez de su Afore

De acuerdo con el asesor de Afores, Humberto Roalcaba, el Gobierno Federal es quien funge como pensionadora, motivo por el cual se le otorgan los recursos de cesantía y vejez de los trabajadores; estos son devueltos a través de la pensión

Elizabeth Ríos | El Sol de Toluca

  · jueves 8 de julio de 2021

Foto: ilustrativa/cortesía

Pensionados del IMSS no recibirán recursos de cesantía y vejez de su Afore.

Pese a que hace un par de días, jubilados y pensionados del IMSS reclamaron la devolución de recursos de cesantía y vejez de su afore, lo más probable es que esto no suceda, pues se trata de un recurso que el gobierno federal regresa a los extrabajadores del instituto a través de su pensión.

Lo anterior lo consideró José Humberto Roalcaba, asesor desde 2007 en temas de Afore y pensiones, quien expuso que si bien dichos trabajadores se pensionaron bajo los términos del régimen de la Ley del Seguro Social del año 1973, la Ley actualmente establece que esos recursos son para el pago de su pensión mediante la selección de una pensionadora que ellos elijan, quien recibirá esos recursos de cesantía y vejez para pagarles su pensión.

Al ser el gobierno federal quién pagará a los trabajadores su pensión, éste fungiría como pensionadora, razón por la cual reclama dichos recursos de cesantía y vejez. Esto, dijo, no es exclusivo de los extrabajadores del IMSS, pues ocurre con cualquier trabajador que se pensiono bajo los términos de la Ley 73.

“No es cosa solamente de los trabajadores del IMSS, a todas las personas que son generación de transición, Ley 73, también se los van a negar y se va a utilizar para la pensión del trabajador”, explicó el asesor de Afores.

Por otra parte, en el caso de los trabajadores que están en el régimen de la Ley 97 del Seguro Social sí pueden elegir una pensionadora y, por consiguiente, el recurso de cesantía y vejez también pasará a manos de la pensionadora elegida por el trabajador, explicó; sin embargo, sí existe una alternativa para que los recursos de cesantía y vejez puedan ser entregados de manera directa al trabajador.

Sólo si el trabajador recibe una negativa de pensión, entonces todos los recursos son entregados al trabajador.

Agregó que en el Artículo 190 de la Ley 97 se establece que el trabajador tiene derecho a que se le entreguen sus recursos, pero éste a su vez debe seleccionar una pensionadora para que los administre.

Mientras que en los transitorios se señala que “estarán a cargo del gobierno federal las pensiones que se encuentren en curso de pago, así como las prestaciones o pensiones de aquellos sujetos que estén en período de conservación de derechos y las pensiones que se otorguen a los asegurados que opten por el esquema establecido por la Ley que se deroga (Ley 73).

“Es decir, quienes estén bajo el régimen de la Ley 73, el gobierno federal se va a encargar de sus pensiones, y ahí es donde va a ir implícito el recurso de cesantía y vejez”, añadió el entrevistado.

Contexto

En días pasados, integrantes del Frente Nacional de Jubilados y Pensionados del IMSS exigieron al gobierno federal la devolución de los recursos de cesantía y vejez que corresponden a 90 mil mexicanos, de los cuales 7 mil viven en el Estado de México.

De acuerdo con lo expresado por los inconformes, entre los casi 70 mil jubilados y pensionistas que no han recibido este recurso, suman 27 mil millones de pesos, cantidad que fue entregada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Derivado de la denuncia pública y la manifestación realizada a las afueras de la Secretaría de Gobernación, esa dependencia federal informó que da seguimiento a una mesa interinstitucional instalada para atender la solicitud de los inconformes.

Sin embargo, resaltó que desde el 25 de junio de este año se les informó por escrito la inviabilidad de los planteamientos realizados, de manera fundada y motivada de conformidad con las atribuciones legales de las dependencias y entidades participantes.

Cesantía

Si la persona es mayor de 60 años y menor de 65 años y se encuentra dado de baja del régimen obligatorio debe solicitar una pensión de Cesantía en Edad Avanzada.

El porcentaje utilizado para calcular el importe de pensión de Cesantía en Edad Avanzada, se asigna dependiendo de la edad de la persona al momento de pensionarse.

Vejez

Si la persona tiene 65 años de edad o más y se dio de baja del régimen obligatorio después de cumplir 65 años debe solicitar una pensión de Vejez.

EdadPorcentaje de una Pensión de Vejez
60 años75%
61 años80%
62 años85%
63 años90%
64 años95%
64 años, 6 meses más 1 día100%

Fuente: IMSS