Durante las fiestas decembrinas, los mercados están llenos de musgo y heno para decorar los nacimientos y los árboles de navidad, sin saber, que se está dañando a los bosques.
Así lo informó el Consejo Ciudadano Pro Monte Alto, quienes pidieron no extraer y consumir este material que es la vida de los bosques de la región de Valle de Bravo.
"No dejes al suelo y los bosques sin musgo y heno. No necesitas utilizarlos en tus decoraciones navideñas", difundieron mediante un comunicado de prensa.
De acuerdo con la asociación civil ambiental, los musgos y diferentes especies de heno son fundamentales en los bosques de la región, ya que ayudan a que otras plantas germinen dando nueva vida al medio ambiente.
Además, sirven para captar y filtrar el agua de lluvia al subsuelo, lo cuál permite recargar los mantos acuíferos que dan agua a árboles y plantas del bosque.
Viales para el ciclo del agua, pues es la misma que vuelve a subir en forma de vapor para posteriormente condensarse y precipitarse.
Asimismo, estas dos especies fungen como refugio de microorganismos y pequeños artrópodos como insectos, arañas o ciempiés.
En México, estas dos especies se colocan en el nacimiento del niño Jesús de los hogares simulando el pesebre que albergó al hijo de Dios en la tierra según la tradición católica.
La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) documenta que en el mundo se tiene registro de 19,900 especies de musgos, de los cuales 1,480 existen en México.
Los musgos integran microambientes con humedad, retienen el agua como esponjas y la liberan lentamente, por lo que, Los microorganismos y pequeños artrópodos dependen de ellas.
La recuperación de las poblaciones de musgos no corre al ritmo de la extracción. Algunos, son utilizados por sus propiedades medicinales, todo lo cual ha causado un alto impacto tanto para las poblaciones de musgos, como para las comunidades donde viven.
La SEMARNAT acotó su extracción y planteó un programa de manejo simplificado para aprovechamientos forestales no maderables, según lo dispuesto por el Art. 55, Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
En tanto que, la NOM-011-SEMARNAT-1996 establece los procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el aprovechamiento, transporte y almacenamiento de musgo, heno y doradilla.