/ viernes 18 de septiembre de 2020

Propone Poder Judicial paquete de reformas 

Las cuatro iniciativas de reformas van encaminadas a diferentes ordenamientos en materia de hipotecas, de apercibimientos, para prever el sistema de justicia alternativa y disminuir la edad para ser mediadores o conciliadores


El Poder Judicial mexiquense envío a la Legislatura local cuatro iniciativas de reformas a diferentes ordenamientos en materia de hipotecas, de apercibimientos, para prever el sistema de justicia alternativa y disminuir la edad para ser mediadores o conciliadores.

Por primera vez el actual titular del Tribunal Superior de Justicia, Ricardo Sodi hace uso de su facultad de presentar iniciativas, pues el anterior presidente de esa institución lo hizo a través del Ejecutivo.

Hipotecas

La primera propuesta pretende adicionar el Capítulo XI “Del Juicio Hipotecario”, al Título Sexto "De los Procedimientos Especiales”, Libro Segundo “De la Función Jurisdiccional”, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

La propuesta del presidente del Tribunal Superior de Justicia precisa que actualmente no se encuentra regulado en la legislación adjetiva el juicio hipotecario, por lo cual es necesario cubrir el vacío jurídico en el Estado de México en materia hipotecaria, pues es una de las pocas entidades que aún no la regula y equilibrar los derechos y obligaciones de acreditantes y acreditados.

De acuerdo con la exposición de motivos, la iniciativa buscan proveer a los particulares, instituciones financieras y de seguridad social de herramientas legales que les permitan ceder los créditos hipotecarios donde funjan como acreedores, a fin de que tengan la oportunidad de canalizar mayores recursos para la creciente demanda de vivienda en la entidad.

Las demandas que tengan por objeto exigir el pago de un crédito garantizado por hipoteca o, en su caso, hacer efectiva la garantía; sin importar la naturaleza jurídica de dicho crédito, ni la materia que lo regule se tramitarán en la vía especial hipotecaria.

Serían competentes para conocer de ellas los Tribunales Civiles de Primera Instancia; los juicios se sustanciarían electrónicamente y se plantean los requisitos y el procedimiento a seguir.

Apercibimiento

La segunda iniciativa propone adiciones al artículo 1.119 bis del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México para apercibir a una parte, de que, si tras ser requerida para exhibir en forma física un documento relacionado con el trámite de un juicio en modo electrónico es omisa, se darán por ciertos los hechos que se pretendan demostrar con la prueba que, en su caso, haya motivado el requerimiento.

Según la exposición de motivos, es una práctica común que en los juicios electrónicos no se presenten físicamente los documentos que se solicitan a las partes.

Justicia Alternativa

La tercera iniciativa propone prever y regular un sistema de justicia alternativa, que promueva eficazmente la solución de conflictos por la vía pacífica, y al mismo tiempo, fomenten la cultura de la paz, del perdón y de la restauración de las relaciones interpersonales y sociales.

Para ello propone diversas reformas para incluir conceptos y las etapas del procedimiento de mediación conciliación, o restauración familiar y entraría en vigor el siguiente año, por distritos judiciales, en distintos plazos.

La justicia alternativa tiene como finalidad atender y reparar el daño integral del conflicto bajo la óptica de la especialización de disciplinas como la psicología y el trabajo social, y con el facilitador familiar, permite el acompañamiento integral para resolver el conflicto, encontrar las causas y consecuencias del fondo y atender las necesidades de los participantes para no solamente se resuelva el problema presente, sino evitar los futuros.

Mediadores

La cuarta propuesta busca modificar la edad mínima para ser mediador, conciliador o facilitador: dejarla en 25 años y puntualizar que podrán ser: licenciado en derecho, en psicología, en sociología, en antropología, en trabajo social, en comunicación, en medios alternos u otra afín.


El Poder Judicial mexiquense envío a la Legislatura local cuatro iniciativas de reformas a diferentes ordenamientos en materia de hipotecas, de apercibimientos, para prever el sistema de justicia alternativa y disminuir la edad para ser mediadores o conciliadores.

Por primera vez el actual titular del Tribunal Superior de Justicia, Ricardo Sodi hace uso de su facultad de presentar iniciativas, pues el anterior presidente de esa institución lo hizo a través del Ejecutivo.

Hipotecas

La primera propuesta pretende adicionar el Capítulo XI “Del Juicio Hipotecario”, al Título Sexto "De los Procedimientos Especiales”, Libro Segundo “De la Función Jurisdiccional”, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

La propuesta del presidente del Tribunal Superior de Justicia precisa que actualmente no se encuentra regulado en la legislación adjetiva el juicio hipotecario, por lo cual es necesario cubrir el vacío jurídico en el Estado de México en materia hipotecaria, pues es una de las pocas entidades que aún no la regula y equilibrar los derechos y obligaciones de acreditantes y acreditados.

De acuerdo con la exposición de motivos, la iniciativa buscan proveer a los particulares, instituciones financieras y de seguridad social de herramientas legales que les permitan ceder los créditos hipotecarios donde funjan como acreedores, a fin de que tengan la oportunidad de canalizar mayores recursos para la creciente demanda de vivienda en la entidad.

Las demandas que tengan por objeto exigir el pago de un crédito garantizado por hipoteca o, en su caso, hacer efectiva la garantía; sin importar la naturaleza jurídica de dicho crédito, ni la materia que lo regule se tramitarán en la vía especial hipotecaria.

Serían competentes para conocer de ellas los Tribunales Civiles de Primera Instancia; los juicios se sustanciarían electrónicamente y se plantean los requisitos y el procedimiento a seguir.

Apercibimiento

La segunda iniciativa propone adiciones al artículo 1.119 bis del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México para apercibir a una parte, de que, si tras ser requerida para exhibir en forma física un documento relacionado con el trámite de un juicio en modo electrónico es omisa, se darán por ciertos los hechos que se pretendan demostrar con la prueba que, en su caso, haya motivado el requerimiento.

Según la exposición de motivos, es una práctica común que en los juicios electrónicos no se presenten físicamente los documentos que se solicitan a las partes.

Justicia Alternativa

La tercera iniciativa propone prever y regular un sistema de justicia alternativa, que promueva eficazmente la solución de conflictos por la vía pacífica, y al mismo tiempo, fomenten la cultura de la paz, del perdón y de la restauración de las relaciones interpersonales y sociales.

Para ello propone diversas reformas para incluir conceptos y las etapas del procedimiento de mediación conciliación, o restauración familiar y entraría en vigor el siguiente año, por distritos judiciales, en distintos plazos.

La justicia alternativa tiene como finalidad atender y reparar el daño integral del conflicto bajo la óptica de la especialización de disciplinas como la psicología y el trabajo social, y con el facilitador familiar, permite el acompañamiento integral para resolver el conflicto, encontrar las causas y consecuencias del fondo y atender las necesidades de los participantes para no solamente se resuelva el problema presente, sino evitar los futuros.

Mediadores

La cuarta propuesta busca modificar la edad mínima para ser mediador, conciliador o facilitador: dejarla en 25 años y puntualizar que podrán ser: licenciado en derecho, en psicología, en sociología, en antropología, en trabajo social, en comunicación, en medios alternos u otra afín.

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