¿Qué recursos del Afore puedes reclamar en efectivo al pensionarte?

De acuerdo con un asesor de Afores y pensiones, lo más recomendable es que el trabajador conozca los lineamientos a fin de tener un mejor manejo de sus ahorros

  · viernes 9 de julio de 2021

Foto: Cortesía | Consar


Mientras que los trabajadores que se pensionen bajo los términos de la Ley del Seguro Social del año 1973 pueden solicitar los recursos del SAR 92 y Retiro 97, los que están bajo los términos de la Ley del IMSS del año 1997 no, pues en este caso, todas las subcuentas de la Afore se destinan para el pago de pensión, informó José Humberto Roalcaba, asesor desde 2007 en temas de Afore y pensiones.

En entrevista con El Sol de Toluca, Roalcaba precisó que esto ocurre debido a las precisiones que se hicieron en cada una de las leyes en su momento.

“En la Ley del 73 se entrega el SAR 92 porque no se especificó que esos recursos debían ser utilizados en la pensión, entonces como no se especificó, por eso se regresa al trabajador, y el retiro 97 está especificado (en la ley) que se le va a regresar al trabajador. En el caso de la Ley del 97, todo se integra en lo que se denomina Monto Constitutivo de Pensión y eso es con lo que se le va a pagar su pensión”, explicó el asesor de Afores y pensiones.

Agregó que la única manera de que los trabajadores puedan acceder a todas las subcuentas de su Afore de manera directa es que reciba una negativa de pensión; sin embargo, de recibir esta negativa, el trabajador no tendrá pensión por lo que deberá administrar lo mejor posible sus recursos para su manutención durante el resto de su vida.

“La única forma de recuperar los recursos es que el trabajador reciba una negativa de pensión; en este caso, se le regresan todos los recursos por completo a los trabajadores, pero obviamente no tendría derecho a una pensión, únicamente accedería sus recursos que tendría que administrar para el resto de su vida”, aseguró el asesor consultado.

Por otro lado, dijo, en el supuesto de que algún trabajador que se vaya a pensionar bajo el régimen de la Ley del 73 solicite los recursos SAR 92 y retiro 97, le tomará un periodo no mayor a tres meses en contar con esos recursos.

“Ellos hacen su trámite ante el IMSS para obtener la pensión por régimen 73, una vez que el instituto les otorga la resolución de pensión, es decir, que tienen derecho a recibirla, ellos deben de esperar a que les depositen su primera mensualidad o pago de pensión, para entonces ya acudir a la Afore para hacer la solicitud de la entrega de los recursos solicitados”, indicó.

Finalmente, el experto exhortó a los trabajadores a que reciban acompañamiento de un profesionista en el tema, en caso de que tengan dudas sobre sus Afores o modalidad de pensión.