El Registro Civil de Tultepec entregó el primer documento de cambio legal de identidad a Fernando “N”, a cinco meses de la aprobación de la Ley de Identidad de Género en el Estado de México.
La Ley, aprobada el 20 de julio pasado, permite que toda persona con capacidad legal, mayor de edad y no sujeta a un proceso judicial que afecte derechos de terceros podrá solicitar esta rectificación.
El joven, de 22 años de edad, recibió su identificación con el sexo masculino a manos de Luis Hiram Noriega Vega, Juez del Registro Civil y de Edgar Adrián Hernández Márquez, alcalde de Tultepec.
El Juez explicó que el procedimiento que se debe hacer es realizar una solicitud de manera personal en la oficialía donde están registrados, los solicitantes deben ser mexicanos y mexiquenses, ser mayores de edad y no tener algún juicio o algún trámite jurisdiccional penal al momento del trámite.
“Esta Ley sin duda es un gran logro para nuestra comunidad transgénero”, mencionó Fernando, quien hoy hace historia en este municipio al convertirse en la primera mujer que obtiene un cambio legal de identidad en su acta de nacimiento.
Fernando “N”, al momento de recibir su documento, refirió que fue un sueño que tuvo desde los 13 años y nunca pensó que tras la llegada de la Ley de Identidad de Género fuera un proceso muy sencillo.
El joven toda su vida ha radicado en el municipio de Tultepec y siempre ha tenido el apoyo de su familia, quien, junto con su novia con la que lleva más de un año de relación, lo impulsaron para dar este importante paso en su vida, para poderse desarrollar como siempre lo ha soñado ejerciendo la licenciatura en Gastronomía que recién terminó.
Al entregar su nuevo documento a Fernando, el alcalde se dijo satisfecho por la aprobación de esta Ley en la entidad, porque la diversidad de partidos que integran la legislatura “escucha a la población, reconociendo que todas y todos tienen derecho a ser diferentes”.
Para este trámite, las y los interesadas deberán presentarse ante el registro civil y manifestar su nombre completo, señalar los datos registrales asentados en el acta primigenia, proporcionar el nuevo nombre que solicita sin apellidos, señalar el género solicitado y bajo protesta que lo hace de forma personal y voluntaria, además de firmar y conceder huella dactilar.