Cuautitlán Izcalli, México.- Con la finalidad de aprender técnicas que les permitan defender su integridad frente a agresiones, mujeres de diferentes edades asistieron a la clase gratuita de “defensa personal” organizada por la regidora Claudia Bravo, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos en el Cabildo.
“No se trata de aprender a atacar, sino defender la integridad y la dignidad de las mujeres”, señaló la regidora al recibir a las participantes que acudieron a la clase gratuita de defensa personal.
El profesor David Mendoza, especialista en Tae Kwon Do, señaló que el motivo de la clase fue brindar herramientas básicas para que las mujeres se defiendan y salgan ilesas empleando habilidades como: soltarse, quitarse y contrarrestar una agresión, “cómo usar tu propio cuerpo para repeler un atentado”, especificó.
La regidora Claudia Bravo, anunció que estarán visitando diferentes colonias del municipio de Izcalli, para acercar esta actividad a las vecinas.
Es momento de que las mujeres nos empoderemos, que salgamos a la calle a defendernos, porque tenemos derecho a salir a estudiar en las mañanas, a trabajar y a divertirnos sin correr peligro
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos en el cabildo, comentó que con el esfuerzo de hombres y mujeres, Cuautitlán Izcalli, quien tiene alerta de género, trabaja para superarla y cuenta con policía de género que atiende a las mujeres que son lastimadas en las calles o dentro de sus casas.
De acuerdo con el Colegio de Abogados del Valle de México, la legislación vigente en el Estado de México, prohíbe la portación y uso del gas pimienta, herramienta que utilizan las mujeres mexiquenses para auto defenderse.
Los artículos 179 y 180 del Código Penal de la entidad refieren que se considera delito fabricar o portar armas prohibidas, entre ellas, gases asfixiantes o tóxicos.
No obstante, el uso del gas pimienta en caso de agresión podría considerarse como legítima defensa ya que el código contempla esta situación, explicó el licenciado Joaquín Rodríguez Lugo.
El código mexiquense agrega en su artículo 15 inciso B, que debe existir “necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados, para que no haya provocación dolosa”.