Reencauzan impugnación a candidaturas independientes

Sofía San Juan

  · viernes 2 de diciembre de 2016

El Consejo General del IEEM aprobó el Financiamiento Público para actividades permanentes y específicas de los partidos políticos.

Toluca, México.- Una vez transcurrido el plazo legal paramantener en estrados la impugnación presentada por la actriz Katedel Castillo, a la convocatoria para el registro de candidatosindependientes a la gubernatura del Estado de México, el InstitutoElectoral del Estado de México (IEEM) reencauzó el expediente alTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF).

Elperiodo para dar cumplimiento al requisito de publicidad, a travésde estrados, al recurso presentado por la actriz, quien radica enlos Estados Unidos, venció este viernes a las 16:00 horas, por loque una vez adicionados los documentos necesarios para laintegración del expediente, el IEEM cumplió con la entrega alórgano jurisdiccional de la federación, quien resolverá lostemas impugnados.

Es derecordar que el pasado miércoles, el TEPJF remitió al Instituto,vía correo electrónico, el expediente del Juicio Político parala Defensa de los Derechos Político Electorales del Ciudadano,marcado con el número SUP-JDC-1904-2016, interpuesto el 25 denoviembre por Kate del Castillo.

Laparte actora impugna la Base Segunda de la Convocatoria deCandidatos Independientes del Estado de México, Requisito VI, "Deno contar con una o más nacionalidades distintas a lamexicana".

También impugna la Base Sexta. El respaldo ciudadanodeberá contar contener las firmas de un equivalente a 3.5 porciento de la lista nominal de electores del Estado de México, concorte al 31 de agosto de 2016.

Finalmente, con base en los artículos 17 y 18 de la LeyGeneral del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Federal,el IEEM cumplió con el requisito de hacerla pública a través deestrados por un plazo de 72 horas y una vez cumplimentado estemandato reencauzó el expediente al TEPJF.

Seráahora el órgano jurisdiccional el encargado de resolver lo que enderecho proceda y hacerlo saber tanto a la actora como a laautoridad impugnada y a la sociedad en general.

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