/ jueves 1 de septiembre de 2022

Regreso a clases incrementa el número de motociclistas en Valle de Bravo

De acuerdo con el Bando Municipal, circular en motocicletas sin casco en este municipio está prohibido, de lo contrario se hace acreedor a una sanción económica

El uso de motocicletas se ha incrementado en el municipio de Valle de Bravo desde el regreso a clases, por lo que conocer la normatividad de tránsito vigente ayudará a prevenir infracciones y multas.

Debido al tráfico vehicular que se ha hecho más denso por las obras viales, la motocicleta, motoneta y cuatrimoto son un medio de transporte "más rápido" y menos "caótico" que el automóvil.

Madres y padres de familia han optado por utilizar este medio de transporte para llevar de su casa a la escuela a los menores. Y en los casos de las preparatorias, son los mismos estudiantes los que se transportan en motos.

Sin embargo, usar el casco y no rebasar el número de personas por motocicleta son normas que están establecidas por la autoridad municipa; de hacer omisión a éstas, los conductores se harán acreedores a una sanción económica.

De acuerdo con el Bando Municipal 2022 de Valle de Bravo, en el artículo 17, inciso "O", se prohíbe conducir y transitar en cuatrimotos, motocicletas, motonetas y bicicletas sin casco protector.

En el artículo 127, fracción XXIV, también se hace mención de que el pasajero y el conductor deben portar el casco protector.

En este Pueblo Mágico e muy común el uso de este medio de transporte. Foto: Arturo Aguilar | El Sol de Toluca

Asimismo, en este artículo pero en la fracción anterior, se dice que es causa de infracción a las disposiciones de movilidad, seguridad vial y peatonal, rebasar el cupo de pasajeros autorizados en la tarjeta de circulación.

Toda vez que es común ver a jóvenes de educación media superior con más pasajeros en motocicletas y cuatrimotos, arriesgando la vida propia y de los demás.

Otros motivos de sanción económica para los motociclistas es conducir en banquetas y zonas peatonales, transportar a menores de 12 años y llevar a una persona entre el manubrio y el conductor.

Todo esto estipulado en el mismo artículo 127 del Bando Municipal vigente.

Cabe destacar que el límite de velocidad de las motocicletas de montaña, raizar y cuatrimotos también está regulado y sancionado, por lo que no debe de sobrepasar los 30 kilómetros sobre hora en zona urbana y suburbana.

Al igual que conducir ingiriendo bebidas alcohólicas o en estado de ebriedad.

El uso de motocicletas se ha incrementado en el municipio de Valle de Bravo desde el regreso a clases, por lo que conocer la normatividad de tránsito vigente ayudará a prevenir infracciones y multas.

Debido al tráfico vehicular que se ha hecho más denso por las obras viales, la motocicleta, motoneta y cuatrimoto son un medio de transporte "más rápido" y menos "caótico" que el automóvil.

Madres y padres de familia han optado por utilizar este medio de transporte para llevar de su casa a la escuela a los menores. Y en los casos de las preparatorias, son los mismos estudiantes los que se transportan en motos.

Sin embargo, usar el casco y no rebasar el número de personas por motocicleta son normas que están establecidas por la autoridad municipa; de hacer omisión a éstas, los conductores se harán acreedores a una sanción económica.

De acuerdo con el Bando Municipal 2022 de Valle de Bravo, en el artículo 17, inciso "O", se prohíbe conducir y transitar en cuatrimotos, motocicletas, motonetas y bicicletas sin casco protector.

En el artículo 127, fracción XXIV, también se hace mención de que el pasajero y el conductor deben portar el casco protector.

En este Pueblo Mágico e muy común el uso de este medio de transporte. Foto: Arturo Aguilar | El Sol de Toluca

Asimismo, en este artículo pero en la fracción anterior, se dice que es causa de infracción a las disposiciones de movilidad, seguridad vial y peatonal, rebasar el cupo de pasajeros autorizados en la tarjeta de circulación.

Toda vez que es común ver a jóvenes de educación media superior con más pasajeros en motocicletas y cuatrimotos, arriesgando la vida propia y de los demás.

Otros motivos de sanción económica para los motociclistas es conducir en banquetas y zonas peatonales, transportar a menores de 12 años y llevar a una persona entre el manubrio y el conductor.

Todo esto estipulado en el mismo artículo 127 del Bando Municipal vigente.

Cabe destacar que el límite de velocidad de las motocicletas de montaña, raizar y cuatrimotos también está regulado y sancionado, por lo que no debe de sobrepasar los 30 kilómetros sobre hora en zona urbana y suburbana.

Al igual que conducir ingiriendo bebidas alcohólicas o en estado de ebriedad.

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