El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reiteró que Delfina Gómez Álvarez no adquirió tiempo en medios de comunicación por asistir al 85 aniversario de la expropiación petrolera en marzo pasado.
Y es que, de acuerdo con la resolución de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la entonces precandidata de Morena a la gubernatura del Estado de México no invitó al voto durante dicho evento organizado por el gobierno federal.
Por lo que desechó la queja interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), en contra del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Tal sentencia hizo que el PRI impugnara la resolución de la Sala Especializada, ingresando el recurso de impugnación número 187/2023 ante el TEPJF.
Fue en la sesión pública de este 5 de julio, donde las y los magistrados del TEPJF confirmaron la sentencia impugnada debido a que no se identificó un tiempo en televisión por parte de Delfina Gómez Álvarez durante el evento.
Asimismo, no existe ninguna contratación particular en medios de comunicación o una cobertura personalizada en la imagen de la precandidata de Morena.
Por lo que el tiempo en televisión no fue una adquisición con fines electorales, al no promover el voto a favor de cara a la elección del 4 de junio en la entidad mexiquense.
Salario Rosa y tipografía del gobierno estatal
Durante la sesión pública se determinó que el programa gubernamental "Salario Rosa" no afectó la intención del voto en favor de Alejandra del Moral Vela, candidata de la coalición "Va por el Estado de México".
Toda vez que, de acuerdo con la resolución del TEPJF, "no contaba con pruebas suficientes" el recurso de impugnación 1332/2023, promovido por Oswaldo Alfaro Montoya en contra de la resolución interpuesta por el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), para comprobar que dicho programa social influyó en durante el proceso de elección.
De igual manera, se determinó que no existe ninguna relación entre la tipografía publicitaria del "Salario Rosa", del Gobierno del Estado de México y de la identidad gubernamental de Alfredo Del Mazo Maza, con la campaña propagandística de Del Moral Vela.
Reiterando la sentencia que el TEEM había emitido semanas atrás.
Encuestadoras responsables por difundir información falsa
Se determinó que las casas encuestadoras son las responsables de difundir la información falsa sobre preferencias electorales en la elección a la gubernatura del Estado de México.
Así como el TEEM lo había dictaminado, toda vez que el PRI interpuso un recurso de impugnación en contra de dicha resolución donde buscaba fincar responsabilidad a las encuestadoras y a Morena.
El TEPJF determinó que Morena no es responsable de la metodología empleada por las encuestas, por lo que se exime su responsabilidad de difundir dicha información.
Piden verificar tema de bardas al TEEM
Por último, el TEPJF pidió al TEEM rectificar las bardas que se pintaron a favor de Alejandra del Moral Veral, sin identidad de la coalición o de los partidos políticos de los que era candidata.
Puesto que, en el recurso de impugnación número 1395/2023 promovido por Morena en contra de la resolución del TEEM, se determinó que en 22 de las 24 bardas denunciadas se viola la ley electoral al no colocar la coalición "Va por el Estado de México" o alguno de los logos del PRI, PAN, PRD o Nueva Alianza.
Por lo que pidieron al TEEM analizar en lo individual cada una de las resoluciones interpuestas por las bardas en cuestión y cambiar su resolución.