/ viernes 6 de septiembre de 2024

Revoca Sala Toluca dictamen del INE

Pidió considerar otros elementos y determinar el remanente a regresar por los gastos

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución del INE y ordenó que se analicen elementos no considerados en el dictamen sobre ingresos y gastos de Morena en las pasadas elecciones del Estado de México.

Morena impugnó la resolución y conclusiones sancionatorias por irregularidades encontradas en los dictámenes consolidados de la revisión de informe sobre los ingresos y gastos de campaña de las candidaturas a los cargos de diputaciones locales y presidencias municipales, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2023-2024, en el Estado de México.

La y los magistrados de la Sala Toluca plantearon que en diversas conclusiones sancionatorias el INE debe cumplir con el procedimiento previsto en el artículo 222 Bis del Reglamento de Fiscalización y los lineamientos correspondientes, y emitir la determinación del remanente a reintegrar por gastos de campaña no erogados, indicando los conceptos de ingreso, egresos y gastos, y demás cantidades que procedan para determinarlo.

La Sala determinó que se realicen nuevas valoraciones de probanzas no estimadas en que se ajuste el monto de las conclusiones sancionatorias impugnadas.

Morena controvirtió 68 conclusiones sancionatorias, y de ellas, 18 con argumentos específicos. Entre los argumentos genéricos que formuló está el de deficiencias y fallas que impidieron hacer los registros y cargar evidencias, pero se estimó inoperante al tratarse de referencias genéricas sobre supuestas fallas y funcionamiento intermitente del sistema, sin prueba idónea para acreditar cómo le impidió cumplir con sus obligaciones en materia de fiscalización y evidenciar la ilegalidad de las conclusiones a las que arribó la autoridad.

De igual forma consideró inoperante la notificación extemporánea del oficio de errores y omisiones, pues ese partido omitió señalar el perjuicio que le causó.

En el análisis de las conclusiones, se consideraron fundados los argumentos en torno a cinco de ellas, por lo cual se propuso revocar las resoluciones controvertidas para que la autoridad realice un nuevo estudio de manera fundada y motivada, subsanando las irregularidades detectadas en cada caso.

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución del INE y ordenó que se analicen elementos no considerados en el dictamen sobre ingresos y gastos de Morena en las pasadas elecciones del Estado de México.

Morena impugnó la resolución y conclusiones sancionatorias por irregularidades encontradas en los dictámenes consolidados de la revisión de informe sobre los ingresos y gastos de campaña de las candidaturas a los cargos de diputaciones locales y presidencias municipales, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2023-2024, en el Estado de México.

La y los magistrados de la Sala Toluca plantearon que en diversas conclusiones sancionatorias el INE debe cumplir con el procedimiento previsto en el artículo 222 Bis del Reglamento de Fiscalización y los lineamientos correspondientes, y emitir la determinación del remanente a reintegrar por gastos de campaña no erogados, indicando los conceptos de ingreso, egresos y gastos, y demás cantidades que procedan para determinarlo.

La Sala determinó que se realicen nuevas valoraciones de probanzas no estimadas en que se ajuste el monto de las conclusiones sancionatorias impugnadas.

Morena controvirtió 68 conclusiones sancionatorias, y de ellas, 18 con argumentos específicos. Entre los argumentos genéricos que formuló está el de deficiencias y fallas que impidieron hacer los registros y cargar evidencias, pero se estimó inoperante al tratarse de referencias genéricas sobre supuestas fallas y funcionamiento intermitente del sistema, sin prueba idónea para acreditar cómo le impidió cumplir con sus obligaciones en materia de fiscalización y evidenciar la ilegalidad de las conclusiones a las que arribó la autoridad.

De igual forma consideró inoperante la notificación extemporánea del oficio de errores y omisiones, pues ese partido omitió señalar el perjuicio que le causó.

En el análisis de las conclusiones, se consideraron fundados los argumentos en torno a cinco de ellas, por lo cual se propuso revocar las resoluciones controvertidas para que la autoridad realice un nuevo estudio de manera fundada y motivada, subsanando las irregularidades detectadas en cada caso.

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