Revoca Sala Toluca dictamen del INE

Pidió considerar otros elementos y determinar el remanente a regresar por los gastos

Violeta Huerta / El Sol de Toluca

  · viernes 6 de septiembre de 2024

Edificio de la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto: Archivo / El Sol de Toluca

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución del INE y ordenó que se analicen elementos no considerados en el dictamen sobre ingresos y gastos de Morena en las pasadas elecciones del Estado de México.

Morena impugnó la resolución y conclusiones sancionatorias por irregularidades encontradas en los dictámenes consolidados de la revisión de informe sobre los ingresos y gastos de campaña de las candidaturas a los cargos de diputaciones locales y presidencias municipales, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2023-2024, en el Estado de México.

La y los magistrados de la Sala Toluca plantearon que en diversas conclusiones sancionatorias el INE debe cumplir con el procedimiento previsto en el artículo 222 Bis del Reglamento de Fiscalización y los lineamientos correspondientes, y emitir la determinación del remanente a reintegrar por gastos de campaña no erogados, indicando los conceptos de ingreso, egresos y gastos, y demás cantidades que procedan para determinarlo.

El informe seguramente será presentado después de las fiestas patrias. | X / @delfinagomeza

La Sala determinó que se realicen nuevas valoraciones de probanzas no estimadas en que se ajuste el monto de las conclusiones sancionatorias impugnadas.

Morena controvirtió 68 conclusiones sancionatorias, y de ellas, 18 con argumentos específicos. Entre los argumentos genéricos que formuló está el de deficiencias y fallas que impidieron hacer los registros y cargar evidencias, pero se estimó inoperante al tratarse de referencias genéricas sobre supuestas fallas y funcionamiento intermitente del sistema, sin prueba idónea para acreditar cómo le impidió cumplir con sus obligaciones en materia de fiscalización y evidenciar la ilegalidad de las conclusiones a las que arribó la autoridad.

De igual forma consideró inoperante la notificación extemporánea del oficio de errores y omisiones, pues ese partido omitió señalar el perjuicio que le causó.

En el análisis de las conclusiones, se consideraron fundados los argumentos en torno a cinco de ellas, por lo cual se propuso revocar las resoluciones controvertidas para que la autoridad realice un nuevo estudio de manera fundada y motivada, subsanando las irregularidades detectadas en cada caso.