Tecámac, México.- Con la premisa del combate a la corrupción, durante la primera sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Tecámac, los artículos 64 al 67 fueron revocados debido a que daban legalidad a cobros excesivos por servicios que la Ley Orgánica Municipal establece como gratuitos o de bajo costo, anunció Mariela Gutiérrez Escalante.
“Dichos artículos fueron derogados por ser ilegales e improcedentes, además de lastimar la economía de los tecamaquenses, principalmente de las unidades económicas de bajo impacto”, ratificó la alcaldesa.
De igual forma, aseguró que estos cobros se hacían de manera ilegal, porque el código financiero nunca establece costo alguno para la expedición de licencia de funcionamiento para las Unidades Económicas de Bajo Impacto, ni que se requiera alguna donación o contribución, por lo que resulta ilegal dicho cobro.
Asimismo, en dicha sesión, también fueron invalidados los artículos 68, 69 y 75, por hacer referencia al pago de licencias de uso de suelo con base en un tabulador que ahí mismo se establece, lo que resulta ilegal, ya que en el código financiero no determina cuotas diferentes para los distintos usos de suelo.
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Con respecto al cobro por las verificaciones realizadas por Protección Civil, establecido en el artículo 94, párrafo 2º, se estableció que era un cobro indebido y que no se encuentra sustentado ni en la ley de ingresos, ni en el código financiero como pago de derechos por lo que también fue suprimido.
De acuerdo al Artículo 117 bis, las infracciones administrativas y su monto se encuentran tasadas en la Ley Orgánica Municipal y estas no deben de exceder de 50 UMAS, mientras que en el bando 2018 se establecían hasta por 100 UMAS.
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Cabe señalar que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales y de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.