Salarios a autoridades auxiliares dependerá de los ayuntamientos

Deberán fijar los montos con base en su fortaleza económica y deben contemplar también su derecho a prestaciones como el servicio médico.

Por Sofía Sandra San Juan

  · martes 23 de abril de 2019

Carlos Loman Delgado, diputado local.

Deberán ser los ayuntamientos, con base en su capacidad financiera y presupuestal, los que fijen el nivel de remuneraciones a los habitantes que se desempeñen como autoridades auxiliares municipales y para los integrantes de los Consejos de Participación Ciudadana (Copacis), aseguró el diputado local Carlos Loman Delgado.

Entrevistado en torno a la iniciativa de ley que presentó en días pasados, indicó que se trata de llenar un vacío jurídico que existe en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, con el cual se obligaría a los ayuntamientos a cumplir con el derecho constitucional que tienen todos los mexicanos a recibir un pago por el trabajo que desempeñen.

Es decir, se basa en la Constitución Política del estado, pues establece que las autoridades recibirán una remuneración por su trabajo; además de puntualizar sus atribuciones y responsabilidades.

A pregunta expresa, el legislador señaló que no se tiene un cálculo de cuántas personas integran las autoridades auxiliares y los Copacis, pues depende del tamaño del municipio y del número de ciudadanos que hayan logrado convocar los cabildos para sumarse a estas tareas prevista en ordenamientos como la Ley Orgánica y los Bandos Municipales.

Loman Delgado comentó que la cantidad que el ayuntamiento establezca como pago a las autoridades auxiliares y a los Copacis, dependerá de su suficiencia presupuestal y del tamaño o dimensiones de quienes conforman estos órganos; es decir, tendrá que hacer un ejercicio cada ayuntamiento para determinarlo.

No habrá un monto mínimo o máximo para las retribuciones, lo que se establece en la ley es que cada ayuntamiento lo tendrá que reglamentar.

Agregó que la iniciativa se orienta a llenar vacíos legales que no han sido llenados en la normatividad aplicable a los ayuntamientos, pues el sólo hecho de que las autoridades auxiliares están reconocidas en la ley invalida la duda de que si son o no autoridades, pues el sólo hecho de tener el calificativo de auxiliares es pretexto para no reconocerles derechos.

Incluso, sostuvo, son autoridades que al igual que los alcaldes, síndicos y regidores, fueron electos por la voluntad popular, aunque la diferencia es que son designados mediante elección, pero revisten la misma calidad por haber sido electos por el pueblo.

Advirtió que desde la Cámara de Diputados estará pendiente del proceso en aquellos municipios donde simplemente fueron designados por la supuesta ausencia de planillas, porque eso es irregular, la ley establece claramente el mecanismo para elegir autoridades auxiliares y se debe respetar y, en los casos donde no se haya hecho se deberá reponer el proceso.

La iniciativa que fue presentada a la LX Legislatura está abierta a recibir comentarios y aportaciones de otras fracciones legislativas e incluso de los especialistas en municipalismo, pues desde hace años ha habido una inquietud permanente por legislar en torno a los salarios para las autoridades municipales, pero nadie había encontrado la manera de cómo hacerlo, señaló.

Destacó que, de prosperar esta iniciativa y convertirse en ley, se estará abonando a dar transparencia a la relación entre estas autoridades auxiliares y los ayuntamientos pues el tema no está contemplado ni la Ley Orgánica Orgánica Municipal, su Reglamento o los Bandos Municipales.