La Organización Presunción de Inocencia presentará un amparo indirecto contra los lineamientos emitidos por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México para aplicar la Ley de Amnistía.
La organización considera que ese poder incurrió en diversas omisiones, al no incluir figuras que contempla la ley para que las personas privadas de su libertad puedan alcanzar una amnistía.
Durante una entrevista, el activista e integrante de esa organización, Humbertus Pérez Espinoza señaló que el acuerdo es insuficiente, limitativo y omiso, e incluso contraviene la ley, pues está encaminado a conocer sólo asuntos de personas procesadas y sentenciadas por delitos no graves.
Consideró que el Poder Judicial, y al parecer las y los diputados no quieren atender los delitos de alto impacto, pues la Legislatura superó el plazo legal para crear la comisión especial.
Recordó que la Ley de Amnistía es muy clara al establecer que ese órgano debe conocer casos especiales por violaciones de derechos, fallas en el sistema de justicia y la fabricación de delitos.
Anunció que la siguiente semana presentará el amparo indirecto contra los lineamientos, pues tienen 15 días para hacerlo.
"Vamos a recurrir al amparo indirecto en contra del acuerdo que emite el Poder Judicial porque es omiso a lo ordenado por la Legislatura".
El acuerdo del Poder Judicial para otorgar Amnistía sólo señala los artículos: 2, 3, 4, y que las solicitudes se realizarán en órganos jurisdiccionales como: Juzgados de Control de Primera Instancia, Tribunal de Enjuiciamiento, de Ejecución de Penas, especializados en Justicia Penal para Adolecentes, Tribunales de Alzada y Tribunales Especializados en Justicia para Adolescentes en materia Penal.
Sin embargo, añadió, omiten figuras jurídicas como: la comisión especial de la LX legislatura, que recibirá solicitudes de amnistía y atenderá casos especiales. Tampoco menciona las recomendaciones de ese órgano, por lo cual no se precisa quién y cómo atenderá esas recomendaciones.
"¿Qué órgano jurisdiccional atenderá las recomendaciones legislativas de amnistía que surjan de las opiniones consultivas incluyendo las del Poder Judicial?, ¿Por qué el acuerdo del Poder Judicial no incluyó las facultades constitucionales de la Comisión Especial de la LX Legislatura, específicamente los artículos 16, 17 y 18 de la Ley de Amnistía?.
"Estamos ante un descarrilamiento de la Ley de Amnistía del Estado de México para no atender los delitos de alto impacto o graves, esto es una acción concertada y avalada por el silencio del legislador ordinario de la LX legislatura, por no dar cumplimiento a los 30 día hábiles que tenía para constituir la Comisión Especial", sostuvo.
Consideró que no hay voluntad para cumplir con la Ley de Amnistía, pues pretenden cerrar la puerta a personas procesadas y sentenciadas por delitos de alto impacto.