/ miércoles 17 de abril de 2019

Se incumple la Ley de Protección de Personas con Discapacidad

No les garantizan el desplazamiento, ni espacios exclusivos, ni educación especial


Toluca, México.- Aun cuando desde agosto del año 2012 el Estado de México cuenta con una Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad que entró en vigor en enero del 2015, no todas sus disposiciones se han hecho cumplir.

Esa norma señala que debe garantizarse el libre acceso y el desplazamiento en espacios públicos y privados, que los prestadores del servicio público de transporte deben reservar espacios para ser utilizados por personas con discapacidad, la inclusión de la enseñanza del sistema de escritura braille y de la lengua de señas.

La norma establece como derechos inherentes de las personas con discapacidad la asistencia médica integral, el empleo y capacitación para el trabajo, la educación especial, la rehabilitación, el libre acceso, el desplazamiento en los espacios públicos y privados, así como la protección social y debería impulsar campañas y acciones para prevenir la discriminación y apoyar a esas personas.

Además prevé que se debe garantizar que en los auditorios, cines, teatros, salas de concierto y conferencias, centros recreativos, deportivos y en general, cualquier recinto en que se presenten espectáculos públicos, los administradores u organizadores, deben disponer de espacios reservados para personas con discapacidad que no puedan ocupar las butacas o asientos ordinarios.

Actualmente hay edificios y espacios que no garantizan el libre desplazamiento, el transporte no cumple con reservar espacios para personas con discapacidad, muchas veces ni siquiera se respetan los espacios exclusivos y no se han conocido programas que impulsen la educación especial, ni el sistema braille, o la lengua de señas en las instituciones.

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Omiten aplicar la ley

Según la norma, las dependencias y entidades del gobierno estatal y de los municipios, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad, en coordinación con el Instituto, integrarán un Sistema encargado de la coordinación y seguimiento continuo de programas, acciones y mecanismos interinstitucionales públicos y privados, que permitan la ejecución de políticas públicas para la protección e integración de las personas con discapacidad.

En materia de transporte deberían existir asientos situados cerca de la puerta o puertas de acceso de los vehículos y contar con un emblema o leyenda que los identifique para personas con discapacidad.

Según la ley debería existir un diagnóstico, el instituto debería participar en el Plan de Desarrollo, emitir opiniones, hacer convenios, participar en la constitución de bancos de prótesis, ayudas técnicas y medicinas de uso restringido, facilitando su gestión y obtención a la población con discapacidad de escasos recursos, impulsar la investigación médica, realizar campañas para prevenir las discapacidades.

La norma además prevé que se debe propiciar garantizar el derecho de las personas con discapacidad a una educación inclusiva, de calidad y gratuita, en todos los tipos y niveles educativos, Fomentar la inclusión de la enseñanza del sistema de escritura braille y la lengua de señas, becas para personas con discapacidad.

En materia laboral la norma considera impulsar la creación de bolsas de trabajo y becas de empleo para personas con discapacidad, mediante convenios con la Secretaría del Trabajo; promover convenios con empresas, a fin de desarrollar estrategias de formación para el trabajo, entre otras.

El Instituto además debería garantizar que las barreras arquitectónicas de la infraestructura vial sean eliminadas o readecuadas para brindar facilidad de desplazamiento a las personas con discapacidad.


Toluca, México.- Aun cuando desde agosto del año 2012 el Estado de México cuenta con una Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad que entró en vigor en enero del 2015, no todas sus disposiciones se han hecho cumplir.

Esa norma señala que debe garantizarse el libre acceso y el desplazamiento en espacios públicos y privados, que los prestadores del servicio público de transporte deben reservar espacios para ser utilizados por personas con discapacidad, la inclusión de la enseñanza del sistema de escritura braille y de la lengua de señas.

La norma establece como derechos inherentes de las personas con discapacidad la asistencia médica integral, el empleo y capacitación para el trabajo, la educación especial, la rehabilitación, el libre acceso, el desplazamiento en los espacios públicos y privados, así como la protección social y debería impulsar campañas y acciones para prevenir la discriminación y apoyar a esas personas.

Además prevé que se debe garantizar que en los auditorios, cines, teatros, salas de concierto y conferencias, centros recreativos, deportivos y en general, cualquier recinto en que se presenten espectáculos públicos, los administradores u organizadores, deben disponer de espacios reservados para personas con discapacidad que no puedan ocupar las butacas o asientos ordinarios.

Actualmente hay edificios y espacios que no garantizan el libre desplazamiento, el transporte no cumple con reservar espacios para personas con discapacidad, muchas veces ni siquiera se respetan los espacios exclusivos y no se han conocido programas que impulsen la educación especial, ni el sistema braille, o la lengua de señas en las instituciones.

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Omiten aplicar la ley

Según la norma, las dependencias y entidades del gobierno estatal y de los municipios, las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad, en coordinación con el Instituto, integrarán un Sistema encargado de la coordinación y seguimiento continuo de programas, acciones y mecanismos interinstitucionales públicos y privados, que permitan la ejecución de políticas públicas para la protección e integración de las personas con discapacidad.

En materia de transporte deberían existir asientos situados cerca de la puerta o puertas de acceso de los vehículos y contar con un emblema o leyenda que los identifique para personas con discapacidad.

Según la ley debería existir un diagnóstico, el instituto debería participar en el Plan de Desarrollo, emitir opiniones, hacer convenios, participar en la constitución de bancos de prótesis, ayudas técnicas y medicinas de uso restringido, facilitando su gestión y obtención a la población con discapacidad de escasos recursos, impulsar la investigación médica, realizar campañas para prevenir las discapacidades.

La norma además prevé que se debe propiciar garantizar el derecho de las personas con discapacidad a una educación inclusiva, de calidad y gratuita, en todos los tipos y niveles educativos, Fomentar la inclusión de la enseñanza del sistema de escritura braille y la lengua de señas, becas para personas con discapacidad.

En materia laboral la norma considera impulsar la creación de bolsas de trabajo y becas de empleo para personas con discapacidad, mediante convenios con la Secretaría del Trabajo; promover convenios con empresas, a fin de desarrollar estrategias de formación para el trabajo, entre otras.

El Instituto además debería garantizar que las barreras arquitectónicas de la infraestructura vial sean eliminadas o readecuadas para brindar facilidad de desplazamiento a las personas con discapacidad.

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