El comisionado presidente del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (Infoem), José Martínez Vilchis advirtió que todas las personas servidoras públicas, incluidas las de elección popular, deben publicar su información curricular, pues así lo señala la Ley de Transparencia.
Este miércoles, ese órgano impuso 62 medidas de apremio y llamó a seis titulares de sujetos obligados en su mayoría municipios, organismos de agua y una secretaría a tomar medidas por el incumplimiento de obligaciones en materia de protección de datos personales.
Sanciones
Del total de medidas impuestas, 58 fueron apercibimientos a titulares de unidades de transparencia: cuatro del Ejecutivo, 50 a municipios, uno al ayuntamiento de Tlalmanalco y tres de DIFs municipales.
También hizo cuatro amonestaciones públicas de las cuales una fue a una persona titular de Unidad de Transparencia del Ejecutivo, una a municipios y dos a organismos de agua.
También solicitó a titulares de sujetos obligados tomar medidas por el incumplimiento obligaciones en materia de protección de datos personales, aunque no detalló más.
Las peticiones fueron al ayuntamiento de Toluca con dos procedimientos, la Secretaría de Educación uno, el Organismo de Agua de Chalco, el de Tlalnepantla, el de La Paz y el ayuntamiento de Ocuilan.
Difieren sobre currículums
El comisionado presidente del Instituto de Transparencia, José Martínez Vilchis, advirtió que la fracción 21 del artículo 92 de la Ley de Transparencia obliga a todas las personas servidoras públicas, incluidas las de elección popular, a publicar la información curricular, desde nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado.
Incluso, dijo que si hubiera confusión, los lineamientos nacionales y estatales aclaran que debe publicarse escolaridad, nivel máximo de estudios concluido y comprobable, lo que implica publicar el certificado de estudios, si es que lo tienen.
“Aunque molestemos a los abnegados servidores públicos que se eligen por voto popular, que deben estar concentrados en los servicios públicos municipales no estaría de más no omitir los derechos del ciudadano que pretende saber qué estudio la gente”.
“Quitando incluso lo legal, la pura lógica ciudadana te manda que les entregamos la información a quienes solicitan saber qué estudió la persona que dirige”, señaló y añadió que el nivel de estudios de personas servidoras públicas de elección popular se encuentra inmerso en la información curricular que constituye parte de las obligaciones comunes y favorece la rendición de cuentas.
Martínez Vilchis señaló que los lineamientos precisan qué es la información curricular y habla de escolaridad, nivel máximo de estudios concluido y comprobable para personas servidoras públicas, incluidas las de elección popular.
Aclaró que la gente tiene derecho a saber qué estudiaron y precisó que cada miércoles de manera reiterada la gente pregunta sobre esos temas para conocer quiénes dirigen o manejan recursos.
La consejera Guadalupe Ramírez consideró que las personas electas popularmente hicieron campaña para que la gente los conociera y es una obligación de transparencia presentar un currículum, pero no hay una fuente obligacional para que deban acreditar los grados de estudios y en Ipomex no se señala que deban subir un documento que acredite la escolaridad.
La ciudadanía, dijo, conoce a sus representantes porque para eso hacen campaña.
Por otro lado, el comisionado presidente señaló que en los recursos que el INAI toma de los estados pareciera que hace falta afinar sus procedimientos administrativos y de acercamiento cuando hay opiniones distintas, pues no hay comunicación para conocer las opiniones de las entidades y eso provoca distintas formas de ver los recursos.
Hizo un exhorto al Instituto Nacional para ser mucho más cuidadoso en el trato a los Estados de la República.