Toluca, México.- Al concluir la extensión del plazo para recabar firmas de apoyo ciudadano, sólo uno de los dos aspirantes a candidatos independientes a diputados locales que fueron favorecidos por los tribunales logró reunir el número de firmas requerido, indicó Pedro Zamudio Godínez, presidente del Consejo General del IEEM.
Señaló que de acuerdo con la información proporcionada por el Instituto Nacional Electoral (INE), sólo Reina Candelaria Salas Bolaños logró la candidatura independiente a diputada local por el distrito 36 de Zinacantepec, en tanto que Daniel Hernández Hernández, aspirante a la candidatura independiente para diputado local por el distrito 2 de Toluca no logró su cometido.
De esta manera, bajo la figura de candidatos independientes buscarán el voto 18 mexiquenses que aspiran a una alcaldía en 17 municipios, pues dos de ellos lo harán por Xonacatlán; así como una candidata independiente a diputada local por el distrito 36 con cabecera en Zinacantepec.
Por otra parte, comentó que los partidos políticos y los mexiquenses en general deben tener certeza de que las boletas y documentación electoral es infalsificable y se revisa minuciosamente desde el inicio de su impresión, con personal del IEEM que supervisa el proceso durante las 24 horas de los días que se requieren para su producción; además, los partidos políticos tienen la opción de designar un representante para sumarse este trabajo.
Indicó que entre las medidas de seguridad, cada que se cambia una placa en los rodillos de impresión se hace frente a un Notario Público que también está ahí permanentemente, quien levanta un acta circunstanciada, en la que participan tanto el personal de la empresa, del IEEM y los representantes de los partidos políticos que estén presentes.
Este mecanismo permite asegurar que las boletas que se utilizarán en las casillas el día de la elección es la que se ha impreso para este fin y que no existe posibilidad de alterarlas o falsificarlas, dijo en respuesta a los cuestionamientos de los partidos políticos sobre la revisión aleatoria de una boleta por cada cuatro casillas distritales y municipales antes de la jornada electoral y una boleta de una casilla distrital y una municipal seleccionadas aleatoriamente el día de la votación.