/ martes 13 de agosto de 2024

TEEM acredita responsabilidad de Azucena Camacho por la entrega de programas sociales

La legisladora federal de Morena por el distrito 23 difundió en su cuenta de Facebook la entrega de tinacos, calentadores solares y concentradores de oxígeno, en febrero de este año

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) acreditó la responsabilidad de la legisladora federal de Morena por el distrito 23, Marta Azucena Camacho Reynoso, por la entrega de programas sociales, relativos a tinacos, calentadores solares y concentradores de oxígeno, en febrero de este año, difundida en su cuenta de Facebook y ordenó dar vista a la Contraloría del Congreso de la Unión para que determine lo que corresponda.

En cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Toluca, el TEEM emitió una nueva sentencia ante las denuncias contra la diputada federal por el distrito federal 23, Marta Azucena Camacho Reynoso, pues la entrega fue como legisladora y no como candidata a representante popular por el distrito local 29.

El TEEM advirtió que la legisladora federal actuó en su carácter de servicio público y la función que realizan las y los diputados federales forma parte de un mandato constitucional que los constriñe al régimen de responsabilidades instaurado por el Congreso de La Unión.

Por ello, el tribunal determinó dar vista a la Contraloría de la Cámara de Diputados y Diputadas del Congreso de la Unión, al ser el área que conoce las faltas de las y los legisladores.

Hace unos días la Sala Toluca revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, que declaró inexistentes las infracciones consistentes en la entrega de programas sociales, relativos a tinacos, calentadores solares y concentradores de oxígeno, difundidas en Facebook.

La diputada fue acusada por un supuesto uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad.

La Sala Toluca determinó que el TEEM no valoró debidamente todas las circunstancias que rodean al caso concreto, pues no se justificaba la entrega de bienes por parte de la legisladora federal; ya que ninguna persona servidora pública debería beneficiarse con el uso de recursos públicos que se encuentran a cargo, y durante la ejecución de esos programas no se debe hacer identificable a la persona funcionaria pública, como titular de otorgar cualquier tipo de apoyo a la ciudadanía mediante propaganda alusiva a la entrega de bienes o beneficios.

La diputada, señalaron las y los magistrados de la Sala Toluca, entregó de manera personal a varias familias diversos objetos utilitarios el 27, 28 y 29 de febrero de 2024, cuando ocupaba el cargo de diputada federal en diversas comunidades y municipios que integran el distrito electoral local 29; por lo cual vulneró el principio de imparcialidad, pues fue postulada para la diputación local en las localidades que integran la demarcación territorial señalada.

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) acreditó la responsabilidad de la legisladora federal de Morena por el distrito 23, Marta Azucena Camacho Reynoso, por la entrega de programas sociales, relativos a tinacos, calentadores solares y concentradores de oxígeno, en febrero de este año, difundida en su cuenta de Facebook y ordenó dar vista a la Contraloría del Congreso de la Unión para que determine lo que corresponda.

En cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Toluca, el TEEM emitió una nueva sentencia ante las denuncias contra la diputada federal por el distrito federal 23, Marta Azucena Camacho Reynoso, pues la entrega fue como legisladora y no como candidata a representante popular por el distrito local 29.

El TEEM advirtió que la legisladora federal actuó en su carácter de servicio público y la función que realizan las y los diputados federales forma parte de un mandato constitucional que los constriñe al régimen de responsabilidades instaurado por el Congreso de La Unión.

Por ello, el tribunal determinó dar vista a la Contraloría de la Cámara de Diputados y Diputadas del Congreso de la Unión, al ser el área que conoce las faltas de las y los legisladores.

Hace unos días la Sala Toluca revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, que declaró inexistentes las infracciones consistentes en la entrega de programas sociales, relativos a tinacos, calentadores solares y concentradores de oxígeno, difundidas en Facebook.

La diputada fue acusada por un supuesto uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad.

La Sala Toluca determinó que el TEEM no valoró debidamente todas las circunstancias que rodean al caso concreto, pues no se justificaba la entrega de bienes por parte de la legisladora federal; ya que ninguna persona servidora pública debería beneficiarse con el uso de recursos públicos que se encuentran a cargo, y durante la ejecución de esos programas no se debe hacer identificable a la persona funcionaria pública, como titular de otorgar cualquier tipo de apoyo a la ciudadanía mediante propaganda alusiva a la entrega de bienes o beneficios.

La diputada, señalaron las y los magistrados de la Sala Toluca, entregó de manera personal a varias familias diversos objetos utilitarios el 27, 28 y 29 de febrero de 2024, cuando ocupaba el cargo de diputada federal en diversas comunidades y municipios que integran el distrito electoral local 29; por lo cual vulneró el principio de imparcialidad, pues fue postulada para la diputación local en las localidades que integran la demarcación territorial señalada.

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