El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó acreditar la vulneración a los derechos políticos-electorales de la primera regidora del municipio de Ecatepec.
A través de una sesión web, las y los magistrados del TEEM abordaron el caso JDCL/61/2021, el cual fue promovido por ACV, quien es primera regidora de dicho ayuntamiento, con el propósito de impugnar diversos actos que a su consideración obstruyen el ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo.
Cabe mencionar que la regidora se inconformó por hechos que, a su parecer, resultan una probable vulneración a sus derechos políticos electorales, y los cuales fueron atribuibles a los ciudadanos FVC, presidente municipal, así como al responsable del Organismo Público Descentralizado para la Prestación del Servicio del Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento, al director general, al secretario técnico del mismo organismo y JPA, secretario del ayuntamiento.
De esta manera, el pleno resolvió acreditar la vulneración a los derechos políticos-electorales de la primera regidora, por obstrucción de funciones inherentes a su cargo.
También ordenó al director general del Organismo Descentralizado para la Prestación del Servicio del Agua Potable y al secretario, cumplir con la presente resolución y notificar al Instituto Electoral local (IEEM).
En lo relativo al caso PES/17/2021 presentado por el EOCV, en contra de FJRN, en su carácter de diputado federal, se refiere a conductas que consideraron transgresoras del marco jurídico electoral, y que se encuentran relacionadas con la difusión extemporánea de propaganda de su segundo informe legislativo.
Lo anterior, precisaron las magistradas y magistrados, a través de la colocación de vinilonas y espectaculares en el municipio de Tejupilco, así como en diversas publicaciones en la red social Facebook.
Al respecto, el pleno resolvió por unanimidad declarar inexistente la violación objeto de la denuncia.