Aún cuando este miércoles el alcalde suplente de Ocuilan, Wilfrido Pérez Segura, por fin rindió protesta, la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal local (TEEM) y determinó que quien debe asumir la presidencia municipal es el primer regidor.
El argumento es que la normativa limita la entrada de las y los suplentes, hasta que el propietario se encuentre en la hipótesis de falta definitiva.
En sesión de este miércoles, las y los magistrados resolvieron los juicios interpuestos por el presidente municipal propietario de Ocuilan, Emilio Arriaga; y Roberto Jesús Valle Barona, primer regidor propietario, para impugnar la sentencia del TEEM que ordenó al suplente rendir protesta.
La Sala Toluca no compartió la decisión de analizar la cuestión sustantiva y concluyó que fue conforme a derecho considerar que la licencia del presidente municipal propietario, quien se encuentra privado de su libertad, es de carácter temporal y no definitiva; por lo cual el suplente no se encuentra en posibilidad de que le tomen protesta.
El TEEM, desde el 26 de octubre, ordenó llamar al presidente municipal suplente Wilfrido Pérez Segura para que rindiera protesta, incluso hubo un ultimátum tanto de ese órgano como de la Legislatura local.
Sin embargo, con el fallo de la sala Toluca quedan sin efectos, pues el mandato es confirmar la decisión del ayuntamiento de que el primer regidor queda al frente, mientras el propietario esté ausente.
El suplente a un podrá recurrir a la sala superior para que emita una sentencia definitiva.
Contexto
El 14 de diciembre del año pasado, Emilio "N", alcalde electo de Ocuilan, fue detenido en Cuernavaca, por elementos de las Fiscalías del Estado de México y de Morelos, ante su probable participación en el delito de privación ilegal de la libertad de un adversario político.
El edil fue ingresado al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Tenancingo y el 21 de diciembre fue vinculado a proceso.
En abril de este año magistrados del Poder Judicial mexiquense negaron la suspensión condicional y ratificaron la vinculación a proceso; por lo cual sigue en prisión.
El TEEM consideró que, en tanto no se dicte un fallo absolutorio a su favor o se determine de manera previa la posibilidad de seguir el juicio en libertad, las personas privadas de su libertad se encuentran imposibilitadas para ejercer, entre otros derechos, los político-electorales de ser votados y de ejercicio y desempeño del cargo.