/ martes 16 de enero de 2018

Tras destitución de cabildo, debe ayuntamiento de Coacalco llamar a los suplentes

Si alguno no acepta, la Legislatura designará nuevos ediles, previa terna

Coacalco, México.- La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de separar del cargo a los integrantes del cabildo de Coacalco por incumplir una sentencia, obligará a llamar a los suplentes, o en su caso, a que la Legislatura mexiquense nombre nuevos ediles en ese municipio para concluir la actual gestión que concluye el 31 de diciembre de este año.

De acuerdo con diputados consultados, la Corte debe notificar al ayuntamiento de Coacalco la resolución y sus efectos, aunque eso puede llevar unas 72 horas, y tras recibirla, el municipio tendría 24 horas para atender la sentencia.

 

En teoría entrarían los suplentes, a quienes se tendría que llamar, por parte del secretario del ayuntamiento, para concluir los encargos, pero si alguno no acepta, el Ejecutivo tendría que enviar una terna al Poder Legislativo para nombrar a los ediles.

Tanto la Constitución, como la Ley de Orgánica señalan que el Ejecutivo podrá proponer, entre los vecinos del municipio, mediante una terna, a los nuevos integrantes del cabildo para concluir el período.

Mientras eso ocurre, al frente del ayuntamiento se desempeñará el actual secretario del ayuntamiento, quien debe cubrir las faltas del alcalde.

El Dato:

El artículo 24 de la Ley Orgánica municipal señala:

“En caso de declararse desaparecido un ayuntamiento, o de ausencia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes, ni que se celebren nuevas elecciones, el Ejecutivo del Estado propondrá a la Legislatura la designación, de entre los vecinos, de un consejo municipal que concluirá el período respectivo”.

Coacalco, México.- La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de separar del cargo a los integrantes del cabildo de Coacalco por incumplir una sentencia, obligará a llamar a los suplentes, o en su caso, a que la Legislatura mexiquense nombre nuevos ediles en ese municipio para concluir la actual gestión que concluye el 31 de diciembre de este año.

De acuerdo con diputados consultados, la Corte debe notificar al ayuntamiento de Coacalco la resolución y sus efectos, aunque eso puede llevar unas 72 horas, y tras recibirla, el municipio tendría 24 horas para atender la sentencia.

 

En teoría entrarían los suplentes, a quienes se tendría que llamar, por parte del secretario del ayuntamiento, para concluir los encargos, pero si alguno no acepta, el Ejecutivo tendría que enviar una terna al Poder Legislativo para nombrar a los ediles.

Tanto la Constitución, como la Ley de Orgánica señalan que el Ejecutivo podrá proponer, entre los vecinos del municipio, mediante una terna, a los nuevos integrantes del cabildo para concluir el período.

Mientras eso ocurre, al frente del ayuntamiento se desempeñará el actual secretario del ayuntamiento, quien debe cubrir las faltas del alcalde.

El Dato:

El artículo 24 de la Ley Orgánica municipal señala:

“En caso de declararse desaparecido un ayuntamiento, o de ausencia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes, ni que se celebren nuevas elecciones, el Ejecutivo del Estado propondrá a la Legislatura la designación, de entre los vecinos, de un consejo municipal que concluirá el período respectivo”.

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