/ miércoles 6 de diciembre de 2023

TEEM amonesta al PAN y a Nueva Alianza

Dicha decisión fue por incumplir con sus obligaciones de transparencia, establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) emitió dos amonestaciones públicas a los partidos Nueva Alianza y Acción Nacional por incumplir con sus obligaciones de transparencia, establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ante la denuncia del Instituto de Transparencia, las y los magistrados determinaron que existió una falta y decidió amonestarlos.

En el caso del partido Nueva Alianza el tribunal advirtió un incumplimiento a diversas disposiciones en materia de transparencia; pues no atendió los plazos legales, ni los requerimientos que hizo el Infoem.

Ante la vulneración de ese derecho fundamental, al no reportar la información solicitada por ese órgano, se consideró la conducta como leve y se le impuso una amonestación pública.

El TEEM también determinó que el Partido Acción Nacional no cumplió con sus obligaciones de transparencia, dentro de los plazos señalados por el Instituto de Transparencia, pese a haber sido requerido; por lo cual incurrió en una falta. Las y los magistrados también decidieron amonestar públicamente al PAN.

El TEEM vinculó al Instituto de Transparencia y al Instituto Electoral para que ambas resoluciones sean publicadas.

En otro asunto, determinó que hubo omisión del alcalde y del tesorero municipal de Ocuilan en dar respuesta a una solicitud de información, relacionada con la transferencia de participaciones; por lo cual ordenó dar respuesta a la petición de una regidora.

Por otro lado, propuso revocar una resolución del Órgano de Justicia Intrapartidaria del PRD y ordenó la reposición del procedimiento.

El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) emitió dos amonestaciones públicas a los partidos Nueva Alianza y Acción Nacional por incumplir con sus obligaciones de transparencia, establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ante la denuncia del Instituto de Transparencia, las y los magistrados determinaron que existió una falta y decidió amonestarlos.

En el caso del partido Nueva Alianza el tribunal advirtió un incumplimiento a diversas disposiciones en materia de transparencia; pues no atendió los plazos legales, ni los requerimientos que hizo el Infoem.

Ante la vulneración de ese derecho fundamental, al no reportar la información solicitada por ese órgano, se consideró la conducta como leve y se le impuso una amonestación pública.

El TEEM también determinó que el Partido Acción Nacional no cumplió con sus obligaciones de transparencia, dentro de los plazos señalados por el Instituto de Transparencia, pese a haber sido requerido; por lo cual incurrió en una falta. Las y los magistrados también decidieron amonestar públicamente al PAN.

El TEEM vinculó al Instituto de Transparencia y al Instituto Electoral para que ambas resoluciones sean publicadas.

En otro asunto, determinó que hubo omisión del alcalde y del tesorero municipal de Ocuilan en dar respuesta a una solicitud de información, relacionada con la transferencia de participaciones; por lo cual ordenó dar respuesta a la petición de una regidora.

Por otro lado, propuso revocar una resolución del Órgano de Justicia Intrapartidaria del PRD y ordenó la reposición del procedimiento.

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