/ miércoles 15 de febrero de 2023

Valida TEEM convenios de coalición y candidatura común para la elección a la gubernatura

Determina que Morena no busca transferir votos de manera ilegal y el emblema de Va por el Edomex y el GEM no son similares 

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) confirmó la validez de los convenios de coalición del PRI, PAN, PRD y Nueva Alianza y de la candidatura común de Morena, PVEM y PT para participar en la elección por la gubernatura del Estado de México.

En sesión de este jueves, las y los magistrados desestimaron los agravios de los diferentes partidos y consideraron que, en el caso de Morena, no busca transferir votos ilegalmente a sus aliados y su emblema es correcto; mientras el convenio de la coalición Va por el Estado de México fue presentado en tiempo y forma y su emblema no es similar al del Gobierno estatal y no genera confusión.

Amonesta TEEM al PAN por incumplir en transparencia

Juntos Haremos Historia

Los partidos PAN, PRI, PRD y Nueva Alianza impugnaron el convenio de candidatura común de Morena y sus aliados, al considerar que busca la transferencia legal de votos, y su emblema, donde el nombre de Morena aparece arriba, no complía con los requisitos legales.

Las y los magistrados analizaron varios puntos: el supuesto análisis indebido del acta fuera de protocolo, donde determinaron que el IEEM constató la diligencia realizada por el fedatario en el Consejo de Morena.

La presunta fundamentación y motivación indebida también se declaró inoperante, pues los actores afirmaron que el acto adolecía de las características mínimas de un dictamen, pero no expusieron razones.

En cuanto a una indebida transferencia de votos de Morena a sus aliados, las y los magistrados señalaron que la cláusula del convenio de candidatura común se ajusta a los elementos jurídicos y no implica una transferencia ilegal de votos.

"El convenio en análisis no implica una transferencia de votos, ni mayorías ficticias, pues lo que se efectúa es una distribución de votos obtenidos", y eso, precisa la sentencia, respeta la voluntad del electorado; por lo cual los agravios fueron infundados.

También lo fueron los referentes al emblema, pues, de acuerdo con la ley, no deben tener las mismas dimensiones, y el de Morena y sus aliados cumplen con los requisitos establecidos en la ley.

De igual forma desecharon los argumentos referentes a la imposibilidad de realizar actos de precampaña con los aliados de Morena, pues la precandidata es definida por Morena y podrá buscar su validación ante el Partido del Trabajo y el Partido Verde.

En cuanto a la representación de los partidos, determinaron que no existe limitante para acreditar de forma autónoma a sus representantes y consideraron que en la distribución de tiempos de radio y televisión no aplica el principio de uniformidad, pues cada partido, en candidatura común, conserva su individualidad en el acceso a la prerrogativas.

Además, consideraron válido que para la toma de decisiones por mayoría el porcentaje de decisión corresponda a Morena en un 55%, al PT 20% y al PVEM un 25%.

Va por el Estado de México

En cuanto al convenio de la alianza por el Estado de México, el tribunal consideró infundados los agravios planteados por Morena y por el Partido Verde, en el sentido de que ese documento fue presentado de manera extemporánea, pues se entregó el 14 de enero como señala el calendario electoral.

El agravio en cuanto a que el convenio no fue aprobado por el órgano interno del partido Nueva Alianza fue inoperante, pues se presentó el acta para demostrar que sí fue avalado.

También se consideraron inoperantes las supuestas violaciones a los estatutos del PAN y de Nueva Alianza.

Además, fue infundado el señalamiento de que el emblema del gobierno mexiquense y el de esa coalición son muy similares, pues no se utilizan los mismos colores y no se observaron elementos contundentes que pudieran generar confusión en el electorado.

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) confirmó la validez de los convenios de coalición del PRI, PAN, PRD y Nueva Alianza y de la candidatura común de Morena, PVEM y PT para participar en la elección por la gubernatura del Estado de México.

En sesión de este jueves, las y los magistrados desestimaron los agravios de los diferentes partidos y consideraron que, en el caso de Morena, no busca transferir votos ilegalmente a sus aliados y su emblema es correcto; mientras el convenio de la coalición Va por el Estado de México fue presentado en tiempo y forma y su emblema no es similar al del Gobierno estatal y no genera confusión.

Amonesta TEEM al PAN por incumplir en transparencia

Juntos Haremos Historia

Los partidos PAN, PRI, PRD y Nueva Alianza impugnaron el convenio de candidatura común de Morena y sus aliados, al considerar que busca la transferencia legal de votos, y su emblema, donde el nombre de Morena aparece arriba, no complía con los requisitos legales.

Las y los magistrados analizaron varios puntos: el supuesto análisis indebido del acta fuera de protocolo, donde determinaron que el IEEM constató la diligencia realizada por el fedatario en el Consejo de Morena.

La presunta fundamentación y motivación indebida también se declaró inoperante, pues los actores afirmaron que el acto adolecía de las características mínimas de un dictamen, pero no expusieron razones.

En cuanto a una indebida transferencia de votos de Morena a sus aliados, las y los magistrados señalaron que la cláusula del convenio de candidatura común se ajusta a los elementos jurídicos y no implica una transferencia ilegal de votos.

"El convenio en análisis no implica una transferencia de votos, ni mayorías ficticias, pues lo que se efectúa es una distribución de votos obtenidos", y eso, precisa la sentencia, respeta la voluntad del electorado; por lo cual los agravios fueron infundados.

También lo fueron los referentes al emblema, pues, de acuerdo con la ley, no deben tener las mismas dimensiones, y el de Morena y sus aliados cumplen con los requisitos establecidos en la ley.

De igual forma desecharon los argumentos referentes a la imposibilidad de realizar actos de precampaña con los aliados de Morena, pues la precandidata es definida por Morena y podrá buscar su validación ante el Partido del Trabajo y el Partido Verde.

En cuanto a la representación de los partidos, determinaron que no existe limitante para acreditar de forma autónoma a sus representantes y consideraron que en la distribución de tiempos de radio y televisión no aplica el principio de uniformidad, pues cada partido, en candidatura común, conserva su individualidad en el acceso a la prerrogativas.

Además, consideraron válido que para la toma de decisiones por mayoría el porcentaje de decisión corresponda a Morena en un 55%, al PT 20% y al PVEM un 25%.

Va por el Estado de México

En cuanto al convenio de la alianza por el Estado de México, el tribunal consideró infundados los agravios planteados por Morena y por el Partido Verde, en el sentido de que ese documento fue presentado de manera extemporánea, pues se entregó el 14 de enero como señala el calendario electoral.

El agravio en cuanto a que el convenio no fue aprobado por el órgano interno del partido Nueva Alianza fue inoperante, pues se presentó el acta para demostrar que sí fue avalado.

También se consideraron inoperantes las supuestas violaciones a los estatutos del PAN y de Nueva Alianza.

Además, fue infundado el señalamiento de que el emblema del gobierno mexiquense y el de esa coalición son muy similares, pues no se utilizan los mismos colores y no se observaron elementos contundentes que pudieran generar confusión en el electorado.

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