/ miércoles 12 de abril de 2023

Corte-IDH exige a México quitar prisión preventiva oficiosa

La sentencia emitida en contra de México es histórica, ya que es la primera vez que se le ordena eliminar tal figura jurídica de los códigos penales

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) declaró culpable a México de violar la integridad personal y la libertad de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz desde 2002, por lo que le ordenó al Estado mexicano llevar a cabo una reforma constitucional para eliminar figuras como el arraigo y la prisión preventiva oficiosa.

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La sentencia emitida ayer en contra de México es histórica, ya que aunque anteriormente la Corte-IDH se había pronunciado a favor de la modificación de la prisión preventiva, es la primera vez que se le ordena eliminarla de los códigos penales cuando se trate de la privación de la libertad de manera oficiosa por considerarla violatoria de derechos humanos.

En entrevista con El Sol de México, Edith Olivares Ferreto, directora Ejecutiva de Amnistía Internacional en nuestro país, estimó que la sentencia en contra del Estado mexicano es positiva ya que esto no sólo da la razón a García Rodríguez y Alpízar Ortiz, sino que evita que otras personas vuelvan a ser sometidas a prisión preventiva oficiosa en el país o arraigadas.

“Cualquier figura de naturaleza pre-procesal que busque restringir la libertad de una persona para llevar a cabo una investigación sobre delitos que ella presuntamente habría cometido, resulta intrínsecamente contraria al contenido de la Convención Americana y vulnera de forma manifiesta sus derechos a la libertad personal y a la presunción de inocencia”, señaló en su sentencia.

Olivares Ferreto también consideró correcto que el organismo internacional haya ordenado la eliminación de estas dos medidas cautelares porque, desde su punto de vista, son utilizadas como “populismo punitivo”, creando una falsa percepción de ayudar a disminuir la impunidad.

“El arraigo y la prisión preventiva oficiosa forman parte de las medidas a través de las cuales hay una narrativa de parte de las autoridades políticas, en el sentido de que esas medidas contribuyen a erradicar la impunidad y esas medidas claramente no abaten ni eliminan la impunidad de ninguna forma. La impunidad en México va a empezar a disminuir cuando las fiscalías tengan la posibilidad de los recursos, las capacidades para poder investigar y acreditar adecuadamente los delitos y no a través del incremento de penas ni de medidas como estas”, agregó.

Sobre la sentencia, la diputada Mirza Flores Gómez, vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano en San Lázaro, dijo que evidencia que el Estado mexicano firma tratados internacionales pero no los cumple.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos de manera vergonzosa, siento yo, le corrige la plana a nuestro país porque México es parte de tratados internacionales y de convenios pero no los cumple”, dijo.

En tanto, el diputado perredista Jesús Velázquez, integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales, comentó que se tendría que conducir un proceso legislativo para cumplir con la sentencia de la CIDH,


“Ojalá que la Cámara de Diputados empiece a trabajar en serio en ese tema y se pueda tener a finales de este año, digámoslo así, podamos tener ya un avance importante para si bien no poder decir que la prisión preventiva ya no existe pero si poder decir que con esto (la reforma) se evitará que se sigan violentando los derechos de muchas personas que están injustamente detenidas”, explicó.

El caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz se remonta a 2002, cuando fueron detenidos en febrero y octubre de ese año, respectivamente, por el asesinato en 2001 de la entonces regidora de Atizapán de Zaragoza, María de los Ángeles Tamés.

A partir de ese momento fueron privados de su libertad bajo la figura de arraigo, en la que permanecieron confinados 47 y 35 días, respectivamente, hasta que inició su proceso penal. Posteriormente, se les modificó la medida cautelar y se les dictó prisión preventiva oficiosa por la gravedad del crimen que supuestamente cometieron.

Sin embargo, aunque la ley sólo permite que una persona imputada sea sujeta a esta medida cautelar por un período no mayor a dos años, ellos fueron recluidos durante 17 años sin recibir sentencia, el tiempo más largo del que se tiene registro en el país y lapso en el que el Alto Tribunal pudo documentar que ambos hombres fueron víctimas de tortura y malos tratos por partes de las autoridades mexicanas para obtener su testimonio.

En 2019 se les modificó una vez más la medida cautelar y ambos fueron sujetos a arresto domiciliario, donde se les obligó a portar un brazalete electrónico hasta 2022, año en que finalmente fueron encontrados culpables por el homicidio de la presidenta municipal y sentenciados a pasar 35 años en la cárcel, fallo se encuentra en apelación por la defensa de García Rodríguez y Alpízar Ortiz.

Sobre la sentencia de la Corte-IDH, el gobierno mexicano a través de la Secretaría de Gobernación emitió un comunicado en el que dijo que analizará los resolutivos de la misma a fin de poder cumplir con las disposiciones en apego a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.

Esto, porque además de modificar la legislación, el gobierno mexicano deberá cumplir con la reparación del daño hacia las dos víctimas, la cual consistirá en brindarles la atención médica, psicológica y psiquiátrica necesaria, así como una indemnización de 100 mil dólares para cada uno, lo que se traduce en poco más de un millón 800 mil pesos al tipo de cambio actual.

Para cumplir con lo mandatado el Alto Tribunal fijó un plazo de un año, en el cual las autoridades deberán rendir un informe sobre el avance del cumplimiento de la sentencia, no obstante, la directora Ejecutiva de Amnistía Internacional en México estima que, en el caso de las modificaciones constitucionales, éstas puedan llevarse a cabo en un plazo no mayor a una semana.

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“Como en otras ocasiones, esperamos que el Congreso de la Unión actúe con celeridad para hacer vigentes los derechos humanos (así) como en otras ocasiones ha actuado con celeridad en temas que son de interés político de las autoridades de México.

El plazo máximo que la propia Corte establece (para cumplir con la sentencia) es de un año, pero esperamos que el Estado mexicano no espere un año para dar cumplimiento, sino que eso se pueda resolver, como otros temas constitucionales, en cuestión de una semana. Cuando hay voluntad política, las autoridades actúan de manera muy acelerada, entonces esperamos que en este caso se muestre la misma voluntad política”, concluyó.


La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) declaró culpable a México de violar la integridad personal y la libertad de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz desde 2002, por lo que le ordenó al Estado mexicano llevar a cabo una reforma constitucional para eliminar figuras como el arraigo y la prisión preventiva oficiosa.

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La sentencia emitida ayer en contra de México es histórica, ya que aunque anteriormente la Corte-IDH se había pronunciado a favor de la modificación de la prisión preventiva, es la primera vez que se le ordena eliminarla de los códigos penales cuando se trate de la privación de la libertad de manera oficiosa por considerarla violatoria de derechos humanos.

En entrevista con El Sol de México, Edith Olivares Ferreto, directora Ejecutiva de Amnistía Internacional en nuestro país, estimó que la sentencia en contra del Estado mexicano es positiva ya que esto no sólo da la razón a García Rodríguez y Alpízar Ortiz, sino que evita que otras personas vuelvan a ser sometidas a prisión preventiva oficiosa en el país o arraigadas.

“Cualquier figura de naturaleza pre-procesal que busque restringir la libertad de una persona para llevar a cabo una investigación sobre delitos que ella presuntamente habría cometido, resulta intrínsecamente contraria al contenido de la Convención Americana y vulnera de forma manifiesta sus derechos a la libertad personal y a la presunción de inocencia”, señaló en su sentencia.

Olivares Ferreto también consideró correcto que el organismo internacional haya ordenado la eliminación de estas dos medidas cautelares porque, desde su punto de vista, son utilizadas como “populismo punitivo”, creando una falsa percepción de ayudar a disminuir la impunidad.

“El arraigo y la prisión preventiva oficiosa forman parte de las medidas a través de las cuales hay una narrativa de parte de las autoridades políticas, en el sentido de que esas medidas contribuyen a erradicar la impunidad y esas medidas claramente no abaten ni eliminan la impunidad de ninguna forma. La impunidad en México va a empezar a disminuir cuando las fiscalías tengan la posibilidad de los recursos, las capacidades para poder investigar y acreditar adecuadamente los delitos y no a través del incremento de penas ni de medidas como estas”, agregó.

Sobre la sentencia, la diputada Mirza Flores Gómez, vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano en San Lázaro, dijo que evidencia que el Estado mexicano firma tratados internacionales pero no los cumple.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos de manera vergonzosa, siento yo, le corrige la plana a nuestro país porque México es parte de tratados internacionales y de convenios pero no los cumple”, dijo.

En tanto, el diputado perredista Jesús Velázquez, integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales, comentó que se tendría que conducir un proceso legislativo para cumplir con la sentencia de la CIDH,


“Ojalá que la Cámara de Diputados empiece a trabajar en serio en ese tema y se pueda tener a finales de este año, digámoslo así, podamos tener ya un avance importante para si bien no poder decir que la prisión preventiva ya no existe pero si poder decir que con esto (la reforma) se evitará que se sigan violentando los derechos de muchas personas que están injustamente detenidas”, explicó.

El caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz se remonta a 2002, cuando fueron detenidos en febrero y octubre de ese año, respectivamente, por el asesinato en 2001 de la entonces regidora de Atizapán de Zaragoza, María de los Ángeles Tamés.

A partir de ese momento fueron privados de su libertad bajo la figura de arraigo, en la que permanecieron confinados 47 y 35 días, respectivamente, hasta que inició su proceso penal. Posteriormente, se les modificó la medida cautelar y se les dictó prisión preventiva oficiosa por la gravedad del crimen que supuestamente cometieron.

Sin embargo, aunque la ley sólo permite que una persona imputada sea sujeta a esta medida cautelar por un período no mayor a dos años, ellos fueron recluidos durante 17 años sin recibir sentencia, el tiempo más largo del que se tiene registro en el país y lapso en el que el Alto Tribunal pudo documentar que ambos hombres fueron víctimas de tortura y malos tratos por partes de las autoridades mexicanas para obtener su testimonio.

En 2019 se les modificó una vez más la medida cautelar y ambos fueron sujetos a arresto domiciliario, donde se les obligó a portar un brazalete electrónico hasta 2022, año en que finalmente fueron encontrados culpables por el homicidio de la presidenta municipal y sentenciados a pasar 35 años en la cárcel, fallo se encuentra en apelación por la defensa de García Rodríguez y Alpízar Ortiz.

Sobre la sentencia de la Corte-IDH, el gobierno mexicano a través de la Secretaría de Gobernación emitió un comunicado en el que dijo que analizará los resolutivos de la misma a fin de poder cumplir con las disposiciones en apego a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.

Esto, porque además de modificar la legislación, el gobierno mexicano deberá cumplir con la reparación del daño hacia las dos víctimas, la cual consistirá en brindarles la atención médica, psicológica y psiquiátrica necesaria, así como una indemnización de 100 mil dólares para cada uno, lo que se traduce en poco más de un millón 800 mil pesos al tipo de cambio actual.

Para cumplir con lo mandatado el Alto Tribunal fijó un plazo de un año, en el cual las autoridades deberán rendir un informe sobre el avance del cumplimiento de la sentencia, no obstante, la directora Ejecutiva de Amnistía Internacional en México estima que, en el caso de las modificaciones constitucionales, éstas puedan llevarse a cabo en un plazo no mayor a una semana.

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“Como en otras ocasiones, esperamos que el Congreso de la Unión actúe con celeridad para hacer vigentes los derechos humanos (así) como en otras ocasiones ha actuado con celeridad en temas que son de interés político de las autoridades de México.

El plazo máximo que la propia Corte establece (para cumplir con la sentencia) es de un año, pero esperamos que el Estado mexicano no espere un año para dar cumplimiento, sino que eso se pueda resolver, como otros temas constitucionales, en cuestión de una semana. Cuando hay voluntad política, las autoridades actúan de manera muy acelerada, entonces esperamos que en este caso se muestre la misma voluntad política”, concluyó.


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