Reforma judicial deja en el aire reglas para los comités que sortearán candidaturas en 2025

La reforma judicial indica que cada Poder de la Unión definirá a su criterio el funcionamiento de los Comités de Evaluación, por lo que no estableció reglas para estos

Atzayacatl Cabrera / El Sol de México

  · jueves 17 de octubre de 2024

Instalaciones del Poder Judicial de la Federación junto con los trabajadores que estaban en paro. Foto: Alice Moritz Nigro / Cuartoscuro.com

El proceso electoral para renovar la mitad de cargos en el Poder Judicial de la Federación ya inició. Las personas interesadas en competir en las urnas podrán registrarse en los próximos días y las candidaturas finales serán seleccionadas por tres comités de evaluación, pero estos comités no cuentan con reglas claras para su funcionamiento.

La reforma judicial para elegir a ministros, jueces y magistrados, dejó en el aire las reglas con las que trabajarán los comités de evaluación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Según la reforma, cada Poder de la Unión definirá, a su criterio, el funcionamiento de los comités que tendrán a su cargo la evaluación de los perfiles interesados en participar en las elecciones y el sorteo mediante el cual se definirán las candidaturas finales.

En entrevista con El Sol de México, Marcia Itzel Checa del Observatorio de Designaciones Públicas explicó que hacen falta candados para que quienes integren los comités de evaluación sean personas imparciales. Añadió que la reforma judicial es “muy ambigua” para definir con qué criterios trabajarán los comités de evaluación.

“Hay tanta ambigüedad y hay tantas cosas que se dejan a la interpretación (...) cada uno de los Poderes va a definir el proceso para definir a los integrantes del comité que le toca (...) no tenemos garantías de transparencia (...) no sabemos cómo va a llevar a cabo su proceso y decisión”, dijo.

El martes por la noche el Senado de la República publicó la “Convocatoria General Pública” para definir las listas de las personas candidatas que participarán en la contienda electoral del Poder Judicial, el próximo 1 de junio de 2025. Además de los requisitos, la convocatoria pide a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial instalar sus comités de evaluación.

¿Cuál es la función del Comité de Evaluación?

La reforma a la Constitución señala que “cada Poder integrará un Comité de Evaluación conformado por cinco personas reconocidas en la actividad jurídica”. Su tarea será recibir los expedientes de las personas aspirantes; evaluar el cumplimiento de los requisitos; e identificar a las personas mejor evaluadas para desempeñar los cargos de ministros, jueces y magistrados.

Además, los Comités harán un listado de entre seis y diez personas mejor evaluadas para cada cargo y “depurarán dicho listado mediante insaculación pública para ajustarlo al número de postulaciones para cada cargo”, es decir, mediante un sorteo.

Las leyes complementarias a la reforma, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, únicamente agregan que cada Poder de la Unión determinará con su propio criterio la instalación y conformación de su comité, así como las reglas de su funcionamiento.

Comités de Evaluación deberían excluir a militantes partidistas

De acuerdo con la Reforma Judicial, los requisitos para integrar un Comité de Evaluación son: tener ciudadanía mexicana con goce de derechos; no haber sido condenado por delitos; tener título de licenciatura en Derecho con antigüedad de cinco años y cinco años de experiencia en la actividad jurídica; y no haber sido dirigente, nacional o estatal, de un partido político en los últimos tres años.

“Si bien los requisitos (de la convocatoria) señalan que no tienen que tener a haber ocupado un cargo de dirección en un partido político, nos parece que también se tendría que cuidar la militancia porque hay otros niveles donde también se milita, no solo en la dirección nacional”, comentó Marcia Itzel Checa.

La coordinadora general del Observatorio de Designaciones Públicas agregó que en el seguimiento de los procesos de nombramientos para algún cargo público y es notoria la diferencia cuando se tienen comités imparciales o partidistas.

“Hemos visto comités donde las personas (que los integran) tienen un amplio reconocimiento, donde no tienen vínculos expresos compartidos políticos, ni el gobierno y estos son los mecanismos que hemos visto que han tenido mejores resultados”, explicó.

Hemos visto otros comités de selección o de evaluación, que al final son captados por los partidos políticos o por el Gobierno donde se ponen perfiles con mucha cercanía partidista, esta afinidad hace sesgos en su trabajo.Marcia Itzel Checa.

Profundizó en que, desde la óptica del Observatorio, si no se transparentan el proceso de instalación de los comités y su posterior funcionamiento al evaluar los perfiles de las personas que quieren ser candidatas, se pueden malinterpretar las decisiones que tomen “en la opacidad”.

“Pensando en esos comités, pues sí que se garantice una una integración independiente, ciudadana, con perfiles diversos, plurales, pero con mucho reconocimiento. Si eso no se logra, nos parece que nos confirma las preocupaciones que todo el mundo tiene de la reforma. Al final, que es más simulación y que van a ser figuras más decorativas al servicio, pues del poder del partido en el poder”, consideró.

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“Uno de los requisitos que vemos, es que sean perfiles ciudadanos, que evidentemente comprueben esto para que puedan responder mejor a los intereses de la ciudadanía y no a partir de los nexos que puedan tener con el partido en el gobierno”, concluyó.