/ jueves 9 de abril de 2020

Pagarán incapacidades por maternidad desde plataformas digitales

El Instituto Mexicano del Seguro Social pondrá en marcha el Programa de Certificación, Expedición y Pago para las Incapacidades por Maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto

Con la finalidad de garantizar el derecho a la incapacidad por maternidad a las mujeres trabajadoras, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pondrá en marcha el Programa de Certificación, Expedición y Pago para las Incapacidades por Maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto.

La estrategia busca fortalecer los protocolos de seguridad y sanidad ante la actual emergencia por Covid-19 y así evitar que las aseguradas se trasladen a las unidades médicas.

La incapacidad puede otorgarse a partir de la semana 34 y hasta la semana 40 de gestación, y se otorga en un certificado único por 84 días.


¿Qué se necesita para acceder a los beneficios de este programa?

En primera, se debe estar vigente ante el IMSS, tener asignada una Unidad de Medicina Familiar y solicitar de manera remota la expedición de su incapacidad por maternidad.

Posteriormente la asegurada deberá ingresar los datos de identificación: CURP, NSS, Nombre, Cuenta CLABE Interbancaria y datos de contacto.

Luego deberá enviar la documentación probatoria de embarazo o parto por medios electrónicos, incluyendo: Identificación, Ultrasonido reciente (no mayor a 5 semanas), Nota médica, Carta de alumbramiento o Acta de nacimiento y Número de cédula del médico particular que realiza el seguimiento.

La asegurada podrá solicitar su incapacidad a partir de la semana 34 y hasta la semana 40 de gestación y no será necesario un trámite adicional para transferencia de semanas.


¿Qué le corresponde hacer al IMSS?

La dependencia verificará la adscripción y vigencia de la asegurada, asignará personal médico para seguimiento, verificación de documentos y expedición de incapacidad, en su caso.

Además, notificará a la asegurada el resultado del proceso de verificación de la información vía correo electrónico. En caso positivo, enviará la Incapacidad Temporal para el Trabajo por Maternidad; en caso negativo, se le informará la imposibilidad para expedir la incapacidad y se referirá a la Unidad de Medicina Familiar.

La participación del patrón es importante para obtener el subsidio por maternidad, por lo que deberá confirmar la incapacidad para laborar a través del portal del IMSS.

El pago de la incapacidad por maternidad se realizará mediante transferencia interbancaria para lo cual, la cuenta bancaria deberá estar a nombre de la asegurada.

Con la finalidad de garantizar el derecho a la incapacidad por maternidad a las mujeres trabajadoras, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pondrá en marcha el Programa de Certificación, Expedición y Pago para las Incapacidades por Maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto.

La estrategia busca fortalecer los protocolos de seguridad y sanidad ante la actual emergencia por Covid-19 y así evitar que las aseguradas se trasladen a las unidades médicas.

La incapacidad puede otorgarse a partir de la semana 34 y hasta la semana 40 de gestación, y se otorga en un certificado único por 84 días.


¿Qué se necesita para acceder a los beneficios de este programa?

En primera, se debe estar vigente ante el IMSS, tener asignada una Unidad de Medicina Familiar y solicitar de manera remota la expedición de su incapacidad por maternidad.

Posteriormente la asegurada deberá ingresar los datos de identificación: CURP, NSS, Nombre, Cuenta CLABE Interbancaria y datos de contacto.

Luego deberá enviar la documentación probatoria de embarazo o parto por medios electrónicos, incluyendo: Identificación, Ultrasonido reciente (no mayor a 5 semanas), Nota médica, Carta de alumbramiento o Acta de nacimiento y Número de cédula del médico particular que realiza el seguimiento.

La asegurada podrá solicitar su incapacidad a partir de la semana 34 y hasta la semana 40 de gestación y no será necesario un trámite adicional para transferencia de semanas.


¿Qué le corresponde hacer al IMSS?

La dependencia verificará la adscripción y vigencia de la asegurada, asignará personal médico para seguimiento, verificación de documentos y expedición de incapacidad, en su caso.

Además, notificará a la asegurada el resultado del proceso de verificación de la información vía correo electrónico. En caso positivo, enviará la Incapacidad Temporal para el Trabajo por Maternidad; en caso negativo, se le informará la imposibilidad para expedir la incapacidad y se referirá a la Unidad de Medicina Familiar.

La participación del patrón es importante para obtener el subsidio por maternidad, por lo que deberá confirmar la incapacidad para laborar a través del portal del IMSS.

El pago de la incapacidad por maternidad se realizará mediante transferencia interbancaria para lo cual, la cuenta bancaria deberá estar a nombre de la asegurada.

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