Amparan a Daniel Plácido; piden al TSJ valorar pruebas y emitir nueva resolución

Fue sentenciado a 65 años de prisión; ONG acusa "fabricación de delito"

Violeta Huerta | El Sol de Toluca

  · miércoles 19 de agosto de 2020

Foto Cuartoscuro | Archivo

Un Tribunal Colegiado en materia penal concedió un amparo a Daniel Plácido Arroyo, integrante de la plataforma Haz Valer Mi Libertad, sentenciado a 65 años de prisión por el delito de secuestro. Los magistrados federales ordenaron al Poder Judicial mexiquense realizar una debida valoración de las pruebas aportadas por la defensa y emitir una nueva resolución.

La autoridad judicial federal estimó que la valoración de jueces y magistrados del Tribunal Superior de Justicia mexiquense fue carente de objetividad, pues "de manera subjetiva" descalificaron a los testigos de descargo, al aducir que no merecían credibilidad.

Los magistrados federales admitieron que la autoridad debe realizar un mayor esfuerzo de congruencia y exhaustividad en el análisis del valor que merece cada uno de los indicios y pruebas, a fin de no caer en afirmaciones genéricas, ni subjetivas, pues de manera injustificada no valoraron los elementos que contravienen la imputación.

Lady Plácido, hermana de Daniel, explicó en entrevista que el amparo fue promovido el año pasado y les acaban de notificar la resolución, donde el tribunal de alzada advierte que no se valoraron las pruebas que demostraban dónde estuvo su hermano el día de los hechos; por lo cual pidió la intervención del presidente del Tribunal Superior de Justicia, Ricardo Sodi, a fin de que otorguen la libertad a Daniel.

Afirmó que esa resolución les da esperanza, pues la detención y sentencia de su hermano es un ejemplo de cómo se criminaliza a la juventud por cuestiones como su tono de piel, cómo se destruyen las vidas y se fabrican culpables. Reiteró que su lucha es por la esperanza y llamó al Poder Judicial a hacer justicia, a no cerrar los ojos ante las pruebas que presentan y a liberar a su hermano.

El caso se sostuvo con la imputación de una persona, un testigo único, pero nunca se tomaron en cuenta las pruebas para demostrar su inocencia.

El Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero ha acompañado a Daniel y a su familia, y ha denunciado que el joven es inocente, pero le fabricaron el delito de secuestro.

El caso

El 5 de noviembre del año 2015 Daniel Plácido Arroyo fue detenido por policías ministeriales vestidos de negro, afuera de su casa, en un vehículo sin placas y sin una orden de aprehensión.

El joven después se enteró que lo acusaban de secuestro, a pesar de que el día de los hechos, el 18 de septiembre del 2015, él estaba trabajando en la carretera México- Toluca levantando medidas para elaborar trabajos de herrería.

Aún cuando presentaron testigos y pruebas de que el joven no estaba involucrado en el secuestro fue sentenciado a 70 años de prisión por ese delito, y con la apelación, los magistrados estatales le bajaron la pena a 65 años; por lo cual su defensa y su familia recurrieron al amparo.

Los magistrados federales advirtieron, al resolver el amparo, que la detención del quejoso no fue en flagrancia, es decir, en el momento en que se cometió el delito, ni momentos después por alguna persecución; sino hasta 15 días después la víctima señaló que lo vio por unos segundos y lo reconoció.

Los policías supuestamente investigaron, obtuvieron una foto que mostraron a la víctima y de ahí èsta lo identificó; sin embargo las autoridades del Poder Judicial mexiquense nunca tomaron en cuenta que existían testigos que lo ubicaban en otro lado.

Por ello, los magistrados consideraron que la autoridad estatal debe hacer un análisis más profundo y ponderar si existe la posibilidad de que haya una confusión en la víctima, o si los medios de prueba son suficientes para acreditar la plena responsabilidad, pero advirtieron la necesidad de valorar desde un mismo parámetro las pruebas de quienes acusan, y las de descargo, incluyendo los documentales que presentó el sentenciado.

El amparo deja insubsistente la sentencia y pide realizar una debida valoración integral y objetiva del material para determinar si se acredita la responsabilidad de Daniel Plácido; por lo cual, la autoridad deberá resolver en definitiva su situación jurídica.


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